opinión
Fernán Vásquez González
Agosto 1, 2022
Por distintas motivaciones y según los gobiernos de turno, cada cierto tiempo nos vemos enfrentados a la discusión y posteriores efectos de una reforma tributaria, situación que genera incertidumbre y el cuestionamiento legítimo del empresariado: ¿Cómo afectará a mi empresa (grande o pequeña) estos cambios tributarios?”
Si bien el proyecto de reforma tributaria propuesto por al actual gobierno al Congreso para su discusión (julio de 2022), apunta más iniciativas a aumentar la recaudación fiscal vía los impuestos a las personas naturales, con incrementos de tasas, creando nuevos tributos y eliminando beneficios, la mayoría de los sectores empresariales a nivel corporativo no se verían afectados con una mayor carga tributaria, hay otros más específicos que sí deberán hacer un aporte fiscal.
Las PYMES (empresas con ingresos inferiores a 75.000 UF anuales) que concentra un grupo importante de contribuyente, mantienen el sistema tributario que actualmente les afecta, es decir, podrían seguir determinando su base afecta a Impuesto de Primera Categoría (tasa 25%) por la diferencia entre ingresos y egresos efectivos, donde las inversiones pagadas en bienes depreciables (activos fijos) se consideran egresos del ejercicio. Además, mantienen la formula en que el impuesto a nivel corporativo es crédito contra el Global Complementario de los socios o dueños (sistema integrado).
La empresa con ingresos superiores a 75.000 UF anuales (NO PYMES), si el proyecto prospera, se afectarían en sus obligaciones accesorias, al eliminar la integración del sistema, el Impuesto de Primera Categoría deja ser Crédito para Impuesto Global o Adicional, así no será necesario llevar registros que controlen los créditos y su posterior asignación (SAC), simplificando al sistema.
El proyecto de reforma tributaria propone reducir al mínimo el beneficio de tributar sobre una base de Renta Presunta, dejando la posibilidad sólo para microempresarios, cambio que afectaría a un grupo importante de agricultores y transportistas que actualmente gozan de esta alternativa, obligándolos a transitar a un régimen de renta efectiva.
Otro grupo de contribuyente que le significará pagar mayores impuestos, en la medida que se ratifique la reforma en los términos conocidos, será el sector minero a través de un Royalty de la gran minería del cobre, tributo aplicado sobre dos bases, a) las ventas que realicen del metal que iría entre un 1% a 4% según tramos establecidos de ventas y b) la rentabilidad operacional que se podría ver afectada con tasas ente 2% y 32%.
Novedosa es la iniciativa que propone gravar las utilidades acumuladas en sociedades pasivas o no operativas, que son aquellas que se forman generalmente con el propósito de resguardar los patrimonios personales los cuales administran desde una figura societaria las distintas inversiones que poseen, ya sea en acciones, derechos, instrumentos financieros e inmuebles, postergando la tributación de las ganancias obtenidas con los impuestos terminales. Se establecería una tasa del 1,8% al diferimiento del pago de impuestos personales.
En cada reforma la preocupación del sector empresarial, aparte de conocer cuánto adicional se debe pagar, es evaluar cómo los cambios podrían afectar inversiones futuras. El proyecto no contempla grandes medidas para fomentar la inversión, solo mantiene sin cambios los regímenes y tasas de tributación para la empresa (incluso podría bajar de 27% a 25%), situación que no alteraría a futuro la tributación a nivel corporativo, bajando la incertidumbre en este aspecto. La variable tributaria es una entre tantas que se debe considerar al momento de hacer una inversión. Si hay un aumento en la carga tributaria total del sistema es inevitable que baje la rentabilidad de un proyecto, pero no significa, necesariamente, que éste sea inviable o poco atractivo.